ADVI pide que los terrenos urbanos no desarrollados tributen como rústicos

Critica que el gobierno local «ha batido el récord en recaudación del IBI»

La Agrupación de Vecinos Independiente (ADVI) de Santa Cruz de Bezana ha exigido al PP que modifique la ordenanza del IBI de cara a los recibos del mes de mayo al objeto de que todos aquellos propietarios de terrenos urbanizables que no estén desarrollados, sectorizados o en trámite no tributen al Ayuntamiento como urbanos sino como rústicos.

La agrupación ha recordado en un comunicado que así lo manda lasentencia del Tribunal Supremo de 30 de mayo de 2014 (nº de recurso 2362/2013) que fija el criterio jurisprudencial en relación al cuál debe de ser la consideración catastral de las fincas que, pese a tratarse de un suelo urbanizable, no se haya iniciado el proceso de urbanización. La resolución determina que no pueden tener consideración de urbanas a efectos catastrales, sino de rústicas y como tal deben tributar.

Según la portavoz de ADVI y candidata a la Alcaldía, Milagros Bárcena, desde que comenzara a gobernar en el municipio el alcalde, Juan Carlos García Herrero (PP), «ha batido el récord en lo que a recaudación del IBI se refiere, pasando de 1,4 millones de euros en 2007 a 4 el pasado año 2014».

Además, ADVI ha manifestado que se «mantiene firme» en su postura de «no desclasificar los terrenos urbanizables del municipio frente a la idea del PP, que en el PGOU promueve la desclasificación de casi 2 millones de mestros cuadrados en todo el término municipal de terreno urbanizable, es decir, anular la clasificación que en la actualidad tienen los terrenos sin que nada lo justifique».

Contrarios a la postura del PP, los responsables de ADVI consideran que los terrenos tienen que seguir manteniendo la clasificación de urbanizables, porque así los recalificó la administración en su momento y «máxime ahora que esta sentencia les protege de tener que tributar por ellos como urbanos en el caso de que aún no se haya comenzado el proceso de urbanización o sectorización, hecho que sienta no solo jurisprudencia sino un precedente ya que no tendrían porque tributar como urbanos, sino como rústicos».

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